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Agroquimicos.es

Calcular las necesidades, y no pasarse

Calcular es obligatorio para el nitrógeno y el fósforo. Del cálculo salen los topes, y los topes no son iguales ni se miden sobre el mismo periodo.

Calculadora y bolígrafo sobre una mesa
El cálculo no es un trámite: de él salen los límites que después no se pueden superar. Foto de Pixabay (pexels).

Los tres límites del anexo III

Esta tabla es probablemente el dato más útil de toda la web, y el que peor se cuenta.

NutrienteMargen sobre lo calculadoSobre qué periodo¿Calcularlo es obligatorio?
Nitrógeno (N)20 %Anual
Fósforo (P₂O₅)30 %Suma de 5 años consecutivos
Potasio (K₂O)20 %Suma de 5 años consecutivosRecomendable

Por qué esa diferencia importa tanto

Un año de más de nitrógeno es una infracción ese año. Un año de más de fósforo puede compensarse con cuatro años por debajo, porque lo que se mide es la suma del quinquenio.

Eso cambia por completo cómo se planifica: el nitrógeno se ajusta campaña a campaña y el fósforo se puede aportar de una vez para varios años, que es como se hace en muchos cultivos leñosos. La norma lo permite; lo que no permite es pasarse de la suma.

Y una advertencia: las comunidades autónomas pueden establecer límites más estrictos, sobre todo en zonas vulnerables a nitratos.

El texto, literal

Los aportes efectivos de N anuales por cultivo no deberán exceder en más de un 20 % los valores calculados de acuerdo con el primer punto de este anexo para este nutriente.
Los aportes efectivos de P2O5 por cultivo tendrán en cuenta los niveles de este nutriente en el suelo. Los valores que se aporten no deberán sobrepasar en un 30 % la suma para los valores determinados para 5 años consecutivos.
Los aportes efectivos de K2O por cultivo tendrán en cuenta los niveles de este nutriente en el suelo. Los valores que se aporten no deberán sobrepasar en un 20 % la suma para los valores determinados para 5 años consecutivos.

Qué hay que tener en cuenta para calcular

El cálculo parte de la cosecha que se espera obtener, con base en los rendimientos previos de la unidad de producción o en el rendimiento medio de la zona. Y sobre esa base, el anexo III obliga a considerar al menos estos cuatro factores:

  • Los datos de suelo, en particular el contenido en nitrógeno y en fósforo.
  • Las incorporaciones debidas a los restos de cultivos anteriores, en herbáceos.
  • Los aportes ya realizados al suelo, en particular por enmiendas orgánicas.
  • Los nutrientes que trae el agua de riego, cuando el dato sea accesible para el titular.

El cuarto es el que más se olvida: el agua de riego lleva nutrientes, y cuando el dato está disponible a través del organismo de cuenca o la comunidad de regantes, hay que descontarlo.

Dos reglas más, para cuando se mezcla

Un abono complejo aporta varios nutrientes a la vez, y ahí es fácil pasarse de uno por cubrir otro. El anexo III lo resuelve así:

  • Las dosis de los productos que aporten más de un nutriente se ajustanpara no superar el límite de ninguno.
  • Si al cubrir uno o dos nutrientes quedan los otros sin cubrir, se completan con materiales que no hagan superar los límites de los que ya estaban cubiertos.

Dicho de otro modo: el que manda es el nutriente que antes llega a su techo. La calculadora hace esa comprobación.

Lo que esta web no hace

No publica una tabla de dosis por cultivo. La norma obliga a calcular las necesidades para cada unidad de producción, a partir de su suelo, su rendimiento esperado y su cultivo precedente. Una tabla general sería justo lo contrario de lo que exige el plan de abonado.

Lo que sí se puede dar, y aquí está, son los límites y el método, que son iguales para todos.

Dónde está escrito

Anexo III del Real Decreto 1051/2022, partes I y II.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me puedo pasar del nitrógeno calculado?

Un 20 %, y es un límite anual por cultivo. El anexo III dice que los aportes efectivos de N anuales no deberán exceder en más de un 20 % los valores calculados. Las comunidades autónomas pueden fijar límites más estrictos en zonas vulnerables.

¿El límite del fósforo también es anual?

No, y es la confusión más habitual. El fósforo admite un 30 % sobre la suma de los valores determinados para cinco años consecutivos, no sobre un año suelto. El potasio, un 20 % sobre esa misma suma de cinco años.

¿Es obligatorio calcular el potasio?

No. El anexo III dice que es obligatorio calcular las necesidades de nitrógeno y de fósforo (P₂O₅), y que es recomendable conocer también las de potasio (K₂O). Obligatorio, dos; recomendable, el tercero.

¿Puedo usar un programa para calcularlo?

Sí, siempre que incorpore los criterios del anexo III y esté reconocido oficialmente por la autoridad competente de tu comunidad autónoma. El propio real decreto preveía que el ministerio pusiera un sistema de cálculo a disposición de los agricultores.

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